Campo de aplicación

La Seguridad Social nos expone de forma breve el Campo de aplicación.

Campo de aplicación

Es la consideración del ámbito subjetivo al que se extiende el Sistema de la Seguridad Social. Con Ia meta final que establece el artículo 41 de la Constitución de «…un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos…» el actual Sistema de la Seguridad Social delimita el campo de aplicación de quienes realizan una actividad profesional en una serie de Regímenes. El Régimen General abarca a los trabajadores por cuenta ajena o asimilados de las distintas ramas de la actividad económica, bien sean eventuales, de temporada o fijos, aún de trabajo discontinuo e incluidos los trabajadores a domicilio, sea cual fuere su categoría profesional y la forma y cuantía de la remuneración que perciban, salvo los que desarrollen una actividad que dé lugar a su inclusión en alguno de los siguientes Regímenes Especiales que acogen, además, a sus propios trabajadores autónomos:  de los Trabajadores del Mar;  para la Minería del Carbón;  de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Con efectos de 1 de enero de 2008, se ha establecido un Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios dentro del RETA , en el que quedan incluidos los trabajadores por cuenta propia agrarios, mayores de 18 años, que cumplan determinados requisitos. Con efectos de 1 de enero de 2012, los antiguos regímenes especiales de Empleados de Hogar y Agrario cuenta ajena se han incorporado como Sistemas Especiales al Régimen General de la Seguridad Social.

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