Comunicación de datos pensionistas

La Seguridad Social nos expone brevemente la Comunicación de datos pensionistas.

Comunicación de datos pensionistas

Se Debe comunicar, dentro de los 30 días siguientes a que se produzcan, las siguientes variaciones:

Cambios de domicilio: residencia habitual o fiscal.

Inicio de actividades laborales.

Cambios en la situación económica: rentas de trabajo, reconocimiento y/o cobro de otras prestaciones o pensiones nacionales o extranjeras u otro tipo de rentas.

Cambios de la situación familiar: estado civil, nacimientos, defunciones…

Asimismo, los beneficiarios de prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social, cuyo disfrute se encuentre condicionado a la residencia efectiva en España podrán ser citados a comparecencia en las Oficinas de la Entidad Gestora competente.

En caso de no presentar la documentación requerida en el plazo establecido o de no comparecer ante la Entidad Gestora, previa citación, la prestación o complemento a mínimos de la misma, será objeto de suspensión cautelar. Si se presenta la documentación solicitada o se comparece trascurridos más de 90 días, desde su solicitud o citación, se producirá la rehabilitación de la prestación o de su complemento, con una retroactividad máxima de 90 días.

Enlace | Comunicación de datos pensionistas

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