Régimen especial de trabajadores del mar

El régimen especial de trabajadores del mar, está formado por las personas que trabajen –por cuenta propia o por cuenta ajena- en uno de estos sectores:

  • Marina Mercante
  • Pesca marítima en cualquiera de sus modalidades.
  • Extracción de otros productos del mar.
  • Tráfico interior de puertos y embarcaciones deportivas y de recreo y practicaje.
  • Trabajos de carácter administrativo, técnico y subalterno de las empresas dedicadas a las actividades anteriores.
  • Trabajo de estibadores portuarios.
  • Servicio auxiliar sanitario y de fonda y cocina prestado a los emigrantes españoles a bordo de las embarcaciones que los transportan.
  • Personal al servicio de las Cofradías de Pescadores y sus Federaciones, y de las Cooperativas del Mar.
  • Cualquier otra actividad marítimo-pesquera cuya inclusión en este Régimen sea determinada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
  • En según que supuestos legales se aceptan armadores.

Siempre que la actividad sea la única para ganarse la vida, se entrará en este régimen. Si una familia, hasta segundo grado de consanguinidad, dependen del trabajador del mar, también se pueden incluir en este régimen especial de trabajadores del mar.

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