Servicio de Notificaciones Telemáticas Seguras
La Seguridad Social nos explica de forma breve el Servicio de Notificaciones Telemáticas Seguras.
Servicio de Notificaciones Telemáticas Seguras
El Servicio de Notificaciones Telemáticas Seguras la gestión de las notificaciones de actos administrativos entre los Organismos o Entidades de la Seguridad Social y las empresas y ciudadanos. Entre estos actos, se encuentran los del procedimiento recaudatorio: reclamaciones de deuda y providencias de apremio, comunicación del inicio del procedimiento de deducción y actos del procedimiento de apremio por cuotas, conceptos de recaudación conjunta y otros recursos, con los recargos e intereses correspondientes. Asimismo, se encuentran los subsidios de incapacidad temporal pago directo y los estudios informativos de jubilación y prestación de jubilación para los trabajadores del mar.
La Orden ESS/485/2013 de 26 de marzo, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social establece los supuestos y condiciones en que los sujetos responsables quedan automáticamente obligados a recibir por medios electrónicos las notificaciones y comunicaciones que les dirija la Administración de la Seguridad Social.
No obstante, si usted no se encuentra obligado y desea recibir notificaciones telemáticas a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, podrá solicitarlo mediante el Servicio de Suscripción Voluntaria.
El Servicio de Consulta de Suscripción a Procedimientos le permitirá obtener información relacionada con los procedimientos a los que se encuentra suscrito como sujeto responsable en el momento de acceso.
El Servicio de Desasignación del autorizado RED como Receptor de Notificaciones Telemáticas ofrece la posibilidad al sujeto responsable de prescindir del autorizado RED (asociado al CCC principal/NAF) como receptor autorizado de sus Notificaciones Telemáticas. Una vez realizada la desasignación del Autorizado RED, las Notificaciones Telemáticas serán puestas exclusivamente a disposición del sujeto responsable, salvo que con posterioridad a dicha desasignación, hubiera nombrado a un apoderado, en cuyo caso, también serán puestas a disposición de dicho apoderado.
Para poder acceder a todos los servicios, deberá disponer de un certificado digital, incluido en la lista de certificados admitidos, así como cumplir con el resto de requisitos técnicos y tener configurado el navegador para el uso de funcionalidades de firma electrónica.
Además, en el caso de que este certificado no se haya obtenido en una oficina de la Seguridad Social los datos identificativos del certificado digital deben coincidir con los que figuran en la base de datos de la Seguridad Social.
Para más detalle de la información puede consultar los siguientes documentos y presentaciones.