La Seguridad Social nos expone brevemente el Retiro Obrero Obligatorio.
Retiro Obrero Obligatorio
Se trata de un Seguro Social de carácter obligatorio, hoy extinguido, creado en 1919, para asalariados entre 16 y 65 años cuya retribución no superase un determinado límite y en el que se concebía la vejez como invalidez por edad. En virtud de norma transitoria, quienes hubiesen figurado afiliados al Retiro Obrero Obligatorio, conservan actualmente el derecho a causar las prestaciones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI), con arreglo a las condiciones exigidas por la legislación del mismo, y siempre que los interesados no tengan derecho a ninguna pensión con cargo a los Regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social.
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