La Seguridad Social nos expone de manera simple la Prórroga ordinaria para los trabajadores desplazados.
Prórroga ordinaria para los trabajadores desplazados
Si se prevé que el desplazamiento va a durar más allá de los doce meses inicialmente previstos y autorizados, el empresario deberá solicitar, con suficiente antelación, la prórroga ante la Subdirección General de Afiliación, Cotización y Gestión del Sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social.
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