Prórroga ordinaria para los trabajadores desplazados

La Seguridad Social nos expone de manera simple la Prórroga ordinaria para los trabajadores desplazados.

Prórroga ordinaria para los trabajadores desplazados

Si se prevé que el desplazamiento va a durar más allá de los doce meses inicialmente previstos y autorizados, el empresario deberá solicitar, con suficiente antelación, la prórroga ante la Subdirección General de Afiliación, Cotización y Gestión del Sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social.

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