La Seguridad Social nos expone brevemente la Determinación del sujeto beneficiario de la prestación por parto.
Determinación del sujeto beneficiario de la prestación por parto
Si existe convivencia de los progenitores o adoptantes, será beneficiario:
- Cualquiera de ellos, de común acuerdo. Se presume que existe acuerdo, cuando la prestación se solicite por uno de aquéllos.
- A falta de acuerdo, será beneficiaria la madre.
- Si no existe convivencia de los progenitores o adoptantes, será beneficiario el que tenga a su cargo la guarda y custodia de los hijos.
- Cuando los sujetos causantes queden huérfanos de ambos progenitores o adoptantes o sean abandonados, será beneficiaria la persona física que legalmente se haga cargo de los nacidos o adoptados.
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