Convenios especiales Trabajadores del Mar

La Seguridad social nos explica de forma simple, los Convenios especiales para Trabajadores del Mar.

Convenios especiales Trabajadores del Mar

Los trabajadores del mar que causen baja en el Régimen Especial del Mar y no queden incluidos en otros, pueden suscribir con el Instituto Social de la Marina el correspondiente «Convenio Especial». Este cubrirá las contingencias de invalidez permanente, muerte y supervivencia, por enfermedad común y accidente no laboral, jubilación, servicios sociales y asistencia sanitaria en su caso. La solicitud podrá formularse en cualquier momento, habiendo de reunir los requisitos y las condiciones establecidas con carácter general para el resto de los trabajadores.

Los marinos emigrantes y los hijos de éstos que posean la nacionalidad española, con independencia de que con anterioridad hayan estado o no afiliados a la Seguridad Social española, e independientemente del país en que trabajen y de que dicho país tenga o no suscrito con España acuerdo o convenio en materia de Seguridad Social, podrán suscribir Convenio Especial en los términos establecidos en el Real Decreto 996/1986, de 25 de abril.

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Un comentario

  1. Buenos días,

    Me pongo en contacto con ustedes para tratar de resolver una duda. He estado llamando a varios números de la Seguridad Social y nadie me ha sabido dar respuesta. Me pasan de un teléfono a otro.
    Mi consulta es la siguiente. Voy a trabajar a bordo con MSC Cruceros. La empresa tiene la sede social en Malta y el barco es bandera de Panamá. Me pagan el sueldo pero sin cotizar a la Seguridad Social.
    Quisiera cotizar pero no hay forma de averiguar cómo. No sé si debo darme de alta como Trabajadora del Mar autónoma o cómo hacerlo.
    ¿Pueden ayudarme con esta cuestión?

    Gracias de antemano y un saludo
    Beatriz Calahorra

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